Resumen: Protección internacional. Derecho de asilo y protección subsidiaria. El Salvador. La Sala recoge doctrina y jurisprudencia sobre los requisitos para el reconocimiento de la condición de refugiado. Persecución por agentes terceros, no estatales, ausencia de perfil activista político-social de los solicitantes, amenazas y extorsiones incardinables en delincuencia común. No existe acreditación o indicio de que las autoridades del país de origen hayan promovido, tolerado o autorizado los hechos alegados o hayan permanecido inactivas ante los mismos. Por el contrario, consta que por parte de las autoridades salvadoreñas existe una constante preocupación con respecto a la problemática de las maras, con diversas medidas alternativas para disminuir la violencia y el delito. Improcedencia de la protección subsidiaria. Examen de la permanencia en España por razones humanitarias.
Resumen: El Tribunal dice que el tipo del delito de abandono de familia por impago de pensiones no se cumple únicamente por la realización objetiva del hecho. El tipo del injusto está compuesto no sólo de los elementos objetivos de naturaleza descriptiva o normativa. La acción de una persona, subsumible en un tipo penal, no es un simple proceso causal ajeno a la voluntad de esa persona, sino que éstos son regidos por una voluntad, susceptible de ser graduada". Esta vertiente subjetiva, a diferencia de la objetiva, es más difícil de probar, pues no aparece exteriorizada mediante un comportamiento sino que es precisa deducirla de un comportamiento externo.